El derecho a la libertad religiosa de los trabajadores. Descansos, festivos y símbolos religiosos.
La primera manera en que la relación laboral puede afectar a la libertad de religión de los trabajadores
es en el disfrute de los descansos, festivos o vacaciones. De este modo, la mayoría de los descansos, el
semanal en domingo, los festivos, Semana Santa, Navidad, etc., coinciden con los de la religión católica. Así,
la primera pregunta sería, ¿qué derechos tienen trabajadores que profesen otras religiones con días de
descanso y festivos alternativos?