¿Es válido el uso de videocámaras clandestinas por parte de la empresa para vigilar a sus trabajadores?

14 octubre 2023

¿Es válido el uso de videocámaras clandestinas por parte de la empresa para vigilar a sus trabajadores?

Se puede argumentar que para videovigilar a los trabajadores, es necesario informarles previamente que están siendo grabados para no vulnerar expectativas de confidencialidad (Sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de enero de 2019).

Si bien, en contra de esta tesis, podemos encontrar otros pronunciamientos que consideran que no es necesario notificar la existencia de estos medios visuales si únicamente se utilizan exclusivamente para controlar los puestos de trabajo, ya que el trabajador debe cumplir las obligaciones concretas de su puesto de trabajo de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, lo que lógicamente excluye la realización en horario laboral de actividades ajenas al puesto de trabajo

PDF: 231014_videocamaras-vigilar-trabaj-por-dt-para-e-j

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