Por medio de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica (Ley 16/2012, en adelante), se ha prorrogado la reactivación del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2013, tal y como anunciábamos en nuestra Circular 08/2012, remitida el pasado 15 de noviembre de 2012, atendiendo a lo que entonces se contemplaba en el Proyecto de la citada Ley 16/2012.
Además, la Ley 16/2012 introdujo la medida relativa a la actualización de balances, de la que os dimos buena cuenta a través de la Presentación remitida el pasado 27 de marzo de 2013.
Toca ahora referirnos a las principales novedades introducidas por Ia Ley 16/2012 en el Impuesto sobre Ia Renta de Ias Personas Físicas (IRPF) y en eI Impuesto sobre Sociedades (IS) para el ejercicio 2013. Aprovechamos la ocasión, asimismo, para comentar Ia novedad introducida en el IS por el Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de Ia creación de empleo (RDL 4/2013, en adelante), en relación con Ias entidades de nueva creación.
Respecto de las novedades introducidas en el IRPF, analizaremos en la presente Circular las siguientes: (i) modificación de la regla de valoración de la retribución en especie derivada de la utilización de vivienda; (ii) supresión de la deducción por adquisición de vivienda habitual; (iii) retorno al régimen de las ganancias/pérdidas patrimoniales a corto/largo plazo; y (iv) limitación de la reducción del 40% sobre las indemnizaciones derivadas de la extinción de una relación laboral, común o especial, o de la relación mercantil de los administradores o consejeros.
En cuanto a las medidas acometidas en el IS, comentaremos las siguientes: (i) limitación de la deducibilidad de las indemnizaciones derivadas de la extinción de una relación laboral, común o especial, o de la relación mercantil de los administradores o consejeros; (ii) limitación, para las grandes empresas, de la amortización fiscalmente deducible para los años 2013 y 2014; (iii) la prórroga para el ejercicio 2013 del tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo; y (iv) el nuevo tipo de gravamen reducido para las entidades de nueva creación.