El pasado viernes, 10 de julio de 2015, se aprobó el Real Decreto-ley 9/2015 de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico (en adelante, RD-L 9/2015), por medio del cual se aprueba la reducción de tipos de gravamen anunciada por el Ejecutivo para el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (en adelante, IRPF), con efectos desde el 1 de enero de 2015.
Tal y como se informó en la “Reforma del IRPF a la vista”. el Gobierno aprobó una reducción gradual en dos fases (2015 y 2016) de los tipos de gravamen en el IRPF. No obstante, con el pretexto de (i) que la evolución de la economía ha sido más positiva de lo esperado, (ii) que las previsiones de crecimiento superan las expectativas y (iii) que la recaudación tributaria ha crecido (a pesar de la reducción de impuestos), exponen que es posible adelantar seis meses (a julio de 2015) la segunda fase de la rebaja en el IRPF.
Esta nueva medida (la aprobación de una nueva tarifa del impuesto), tendrá un impacto automático en los contribuyentes a través del sistema de retenciones, incrementando la liquidez disponible en sus rentas a lo largo del segundo semestre de 2015.
Por otro lado, se reducen también los tipos de retención o ingreso a cuenta en el Impuesto sobre Sociedades y el tipo de gravamen en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.