El pasado 20 de enero de 2016, se dictó un Laudo favorable a nuestro cliente, una empresa española, líder europeo en el sector de la depilación, la cual había iniciado, a principios de 2015, un procedimiento arbitral ante la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid, contra una importante entidad financiera solicitando la nulidad de una permuta financiera por vicio del consentimiento.
En este caso, un Tribunal Arbitral compuesto por tres juristas de reconocido prestigio, ha resuelto estimar la demanda planteada por Alentta Abogados, consiguiendo para nuestro cliente no sólo que se resuelva el derivado financiero suscrito con el Banco a causa del incumplimiento grave de sus obligaciones informativas, y en consecuencia, la devolución de las liquidaciones practicadas, sino también condena a dicha entidad a indemnizar al cliente por los daños y perjuicios que se le han causado por la imperfección de la cobertura contratada.
Este Laudo avala la posición defendida por Alentta Abogados en este tipo de procedimientos, ya que la condición de compañía mercantil de la contratante no implica que deba ser calificada como experta financiera y, por lo tanto, hay que seguir exigiendo a las entidades bancarias el cumplimiento de las obligaciones de información que les impone la normativa vigente en el momento de la contratación.