Reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria
¿Relaciones comerciales más justas en el sector agroalimentario? Permítannos discrepar...
Decimos que discrepamos porque, como veremos, la reforma de la ley de la cadena alimentaria está casi totalmente enfocada a reforzar la posición del sector primario (agricultores, ganaderos, etc.), dejando desprotegidos al resto de operadores de la cadena. Podemos afirmar que La Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria (en adelante, la “Ley” o la “Ley de la Cadena Alimentaria”) sólo ha tenido un objetivo desde su promulgación: proteger al sector primario. Por ende, no se puede hablar de relaciones comerciales más justas, equilibradas y transparente para todos los agentes que intervienen en la cadena, sino sólo para los primeros de la cadena. Quizás la citada Ley debería renombrarse a “Ley de medidas para mejorar el sector primario”.
En fin, en esta Circular veremos que la reforma introducida por la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria (en adelante, la “Reforma”) es un acto intervencionista de los poderes públicos, los cuales se justifican exponiendo que se trata de “un sector especialmente vulnerable y está sujeto adicionalmente a una mayor dependencia coyuntural y a más desequilibrios que otras ramas de actividad, por lo que operar normativamente con una regulación sectorial resulta el modo más adecuado para hacer frente a sus necesidades y retos”, según reza la Exposición de Motivos de la Reforma.