Reformas de calado en el régimen de las sociedades mercantiles

09 enero 2015

El pasado 24 de diciembre entraba en vigor la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, título que ya denota el carácter voluntarista de una norma que ha venido a introducir, no sin cierto retraso sobre sus trabajos preparatorios, reformas de calado en los órganos de gobierno de las sociedades mercantiles. En la presente Circular nos centraremos en desgranar las claves prácticas que la reforma conlleva para las sociedades no cotizadas, – las que sirven de vehículo a la gran mayoría de las empresas españolas -, agrupando las novedades en cinco temáticas bien definidas: (i) la junta general, (ii) la retribución de los administradores, (iii) los nuevos deberes que para estos introduce tan navideña norma, (iv) una referencia específica a las novedades atinentes a los consejos de administración y, finalmente, (v) una breve alusión a determinadas menciones a incluir en las cuentas anuales.


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