El 10 de julio de 2021, con entrada en vigor al día siguiente, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego (la “Ley 11/2021”). Dicha Ley modifica el régimen de pagos en efectivo que explicamos en su día en nuestra Circular 07/2012 y que, básicamente, limitaba los pagos en efectivo entre empresario y persona física a 2.500 euros.
Pues bien, en palabras de nuestro Legislador (el subrayado es nuestro), “los positivos resultados de dicha norma motivan la modificación que se introduce en el régimen sustantivo de los pagos en efectivo, dirigida a profundizar en la lucha contra el fraude fiscal, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros”.
PDF: 210722-actualizacion-circular-07-12-limitacion-pagos-efectivo-1