El Tribunal Supremo determina que, desde la publicación de la Sentencia, en fecha 18 de noviembre de 2024, las empresas deben ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario, aplicando de forma directa el artículo 7 del Convenio número 158 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) de 1982 (vigente en España desde 1986).